Puedes perder el paro si no cumples con estas obligaciones

El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) informa a todas las personas que sean beneficiarias de una prestación contributiva o de cualquier subsidio por desempleo, de las obligaciones que impone la nueva normativa.

Estas ayudas que ofrece el SEPE a las personas desempleadas, están condicionadas al cumplimiento de una serie de obligaciones. En caso de no hacerse, puede ser constitutivo de infracción grave y dar lugar a la supresión del “cobro del paro”

El SEPE obliga a realizar estas acciones para no perder el paro

Los beneficiarios de una ayuda del SEPE tienen que cumplir con unas condiciones, que se concretan fundamentalmente en la participación en los programas de empleo en los que sean requeridos. No hay que olvidar que, además de ayudar económicamente al trabajador que se queda sin empleo, el organismo público persigue la formación continua y la reincorporación en el mercado laboral de la persona que está en paro.

Los beneficiarios de cualquiera de las ayudas del Servicio Público de Empleo Estatal tienen que comprometerse a realizar una búsqueda activa de empleo (BAE). En ese sentido, podemos concretar esta serie de actuaciones:

  • Trabajar por cuenta propia o ajena.
  • Inscripción en una agencia de colocación.
  • Presentar el currículum en al menos 3 empresas.
  • Realizar al menos 1 entrevista de trabajo.
  • Inscribirse como solicitante de empleo en al menos 2 portales de empleo públicos o privados.
  • Presentarse a 1 oferta gestionada por los Servicios Públicos de Empleo.
  • Realizar cualquier acción formativa dirigida al autoempleo o el emprendimiento.

¿Cuáles son las sanciones que puede imponer el SEPE por no realizar una búsqueda activa de empleo?

Las personas que cobran una ayuda del SEPE están obligadas a aceptar las ofertas de trabajo o cursos de formación que ofrezca el organismo público, para no perder la prestación o subsidio por desempleo.

  • Si se produce un incumplimiento por primera vez, se considerará una infracción leve, lo que dará lugar a 3 meses de suspensión.
  • Si se repite el hecho, la sanción llegará a los 6 meses.
  • Si se es reincidente por una tercera vez, puede llegar a perder el derecho total a recibir la ayuda por completo.