La Consejería de Sostenibilidad y Medio Ambiente ha aprobado una nueva orden, publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA), por la que se regula la figura del guarda jurado de caza en la comunidad autónoma, una medida destinada a reforzar la vigilancia cinegética, mejorar la gestión sostenible de los recursos naturales y dotar de mayor seguridad jurídica a los profesionales y titulares de los aprovechamientos cinegéticos de la comunidad autónoma.
La nueva orden desarrolla la figura del guarda jurado de caza, creada por el Decreto-ley 3/2024 de simplificación administrativa, y permite superar la dualidad existente hasta ahora entre la figura estatal del guarda rural especializado en caza y la autonómica del guarda de coto de caza. Con ello, se establece un marco homogéneo que clarifica las competencias y requisitos exigidos para el ejercicio de estas funciones en Andalucía.
Para obtener la nueva acreditación será necesario ser mayor de edad, disponer de la habilitación correspondiente como guarda rural en la especialidad de guarda de caza y superar una formación específica en materia cinegética adaptada a la realidad andaluza. Además, no podrán acceder a la acreditación quienes se encuentren inhabilitados o hayan sido sancionados por infracciones graves o muy graves en materia de caza.
La acreditación tendrá una vigencia de cinco años y deberá renovarse mediante la realización de cursos de reciclaje y la correspondiente tramitación administrativa, garantizando así la actualización permanente de conocimientos y competencias de estos profesionales. La orden establece igualmente un curso de capacitación cinegética obligatorio para quienes deseen ejercer como guardas jurados de caza. Esta formación tendrá una duración mínima de 40 horas, combinará enseñanza teórica y prácticas de campo y será impartida por entidades e instituciones homologadas por la Consejería.
En este sentido, el programa formativo incluirá materias relacionadas con la normativa cinegética andaluza, la ordenación y gestión de los recursos cinegéticos, la identificación de especies, las modalidades de caza, la conservación de la biodiversidad, el uso seguro de armas, la sanidad de las piezas de caza destinadas al consumo humano o la prevención y denuncia de infracciones, entre otras materias.
Asimismo, la formación incorporará contenidos relacionados con la actuación ante emergencias, la prevención de incendios forestales, los primeros auxilios, la búsqueda de personas desaparecidas y la aplicación de nuevas tecnologías a la gestión cinegética.
Funciones de vigilancia, control y colaboración
La actividad cinegética constituye una importante fuente de riqueza y empleo para numerosas zonas rurales andaluzas, además de desempeñar un papel relevante en la conservación de los hábitats y en la gestión de las poblaciones de fauna silvestre. En este contexto, la Junta continúa avanzando en la modernización del sector mediante una regulación que adapta las funciones de vigilancia a las necesidades actuales de conservación, sostenibilidad y protección del medio natural.
Según especifica la orden, los guardas jurados de caza ejercerán la vigilancia de la actividad cinegética dentro de los terrenos donde presten servicio, velando por el cumplimiento de la normativa vigente y colaborando con la Administración en la protección de los recursos naturales.
Entre sus principales tareas figuran la prevención de infracciones, la supervisión de las capturas realizadas durante las jornadas de caza, la participación en censos y muestreos de poblaciones cinegéticas o la realización de controles poblacionales cuando resulten necesarios para la gestión de determinadas especies, entre otras.
También podrán participar en actuaciones de control de predadores cuando cuenten con la acreditación específica exigida por la normativa, así como realizar el precintado de piezas de caza, su examen y la toma de muestras biológicas para el seguimiento sanitario y poblacional de las especies.
La nueva regulación atribuye a estos profesionales funciones de colaboración en la detección y comunicación de enfermedades, epizootias o posibles casos de envenenamiento de fauna silvestre, contribuyendo con estas tareas a reforzar la conservación de la biodiversidad y la protección de la salud pública.
La transitoriedad de los guardas de coto de caza habilitados
La orden contiene asimismo una disposición transitoria para los guardas de coto de caza habilitados, que podrán mantener su condición y ejercer sus funciones hasta la finalización de su vida laboral. Según detalla el marco regulatorio, este colectivo seguirá rigiéndose por la normativa vigente con anterioridad a la entrada en vigor del Decreto ley 3/2024, en lo relativo a sus funciones, uniformidad y modelos de denuncia, debiendo afrontar la renovación de sus credenciales mediante la superación de cursos de reciclaje obligatorios en centros homologados, con la finalidad de garantizar la actualización continua de estos profesionales en activo.
Por último, los guardas jurados de caza prestarán auxilio a los agentes medioambientales de la Junta de Andalucía y a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado en el ejercicio de sus competencias, favoreciendo una mayor coordinación en la vigilancia de los espacios cinegéticos.
