Bases de cotización del Régimen Especial del Mar, para 2.019

Orden TMS/40/2019 por la que se establecen para el año 2019, las bases de cotización a la Seguridad Social de los trabajadores del Régimen Especial del Mar incluidos en los grupos segundo y tercero.

Bases de cotización. Las bases únicas de cotización de los trabajadores incluidos en los grupos segundo y tercero, para todas las contingencias y situaciones protegidas en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar, quedan establecidas para el año 2019 en las cuantías que se reflejan en los anexos de la orden.

Ingreso de diferencias de cotización. Las diferencias de cotización que se hubieran podido producir por la aplicación de las bases de cotización establecidas en esta orden respecto de las cotizaciones que a partir de 1 de enero de 2019 se hubieran efectuado, podrán ser ingresadas, sin recargo, en el plazo que finaliza el último día del segundo mes siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Entrada en vigor. La orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», con efectos desde el día 1 de enero de 2019.

Orden TMS/40/2019, de 21 de enero (Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social).