Tras la modificación de la Ley Escrivá, que fija los requisitos para percibir una pensión contributiva de jubilación, se cobrará íntegramente el importe al que se tiene derecho cuando se cumplan los 65 años. Para ello, se deberán tener cotizados en el régimen contributivo de la Seguridad Social correspondiente un periodo de 37 años y 6 meses. En el caso de tener menos años cotizados, para acceder a la jubilación completa debe cumplirse la edad legal, es decir, los 66 años y dos meses.
Pensión de jubilación mínima, ¿cuántos años se deben cotizar?
Como regla general, los años cotizados a la Seguridad Social son importantes para cobrar una pensión de jubilación. No es igual acceder a una no contributiva de 421,40 euros mensuales que obtener una pensión de jubilación por 1.206,43 euros al mes (el importe medio en 2022).
Para tener derecho a una pensión contributiva hay que tener un periodo cotizado mínimo de 15 años o 5.475 días cotizados. El mismo tiempo, tanto para trabajadores que coticen por el régimen general como por cualquier otro. En cuanto a los años para acceder a la prestación por completo de jubilación, según recoge la Ley de la Seguridad Social, se deben ir incrementando con el paso de los años hasta 2027, con el fin de garantizar el actual sistema de pensiones.
Así, para el 2023 los datos quedan en 37 años y nueve meses cotizados (se incrementan en tres meses) para retirarse a los 65 años. En caso de haber cotizado menos de esta cifra, la edad aumenta hasta los 66 años y seis meses (dos meses más). La escala va sumando hasta llegar al 2027, cuando se tendrá que haber cotizado al menos 38 años y 9 meses, como mínimo, para jubilarse a los 65. En caso contrario, habrá que esperar hasta los 67 para cobrar el 100%.
¿Y si no se llega a los 15 años cotizados?
Todos los trabajadores que hayan cotizado menos de 15 años si desean optar a una pensión de vejez deben tener acceso a una pensión no contributiva proporcionada por el Instituto para las Personas Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO).
En 2022, la pensión de vejez no contributiva será de 421,40 EUR mensuales y la pensión mínima de 105,35 EUR mensuales. Los trabajadores que han cotizado al sistema de seguridad social no pierden el derecho a pensión al término de su vida laboral. La diferencia es que, en función de los años de cotización, tienen acceso a las cotizaciones contributivas gestionadas por la seguridad social y, si no las tienen, a las cotizaciones no contributivas del IMSERSO.